Constituyente: Chile regional, plurinacional e intercultural
Opinión emitida en El Mostrador el 28 de febrero de 2022
Las fuertes tensiones que han suscitado las decisiones de la constituyente sobre las Formas del Estado, requieren de una pequeña reflexión que, sin juicio de valor, empuje al entendimiento de las nuevas reconstrucciones estructurales territoriales que se pretenden realizar.
Por esto, es pertinente recordar que las nuevas políticas de identidad —concretas con fuerza en los años 70 y 80 en América del Norte— decantaron, en Latinoamérica, no sólo para proteger y hacer partícipes de la democracia ampliada a las minorías diferenciadas, sino también, a quienes originariamente pertenecen a matrices civilizatorias distintas como los pueblos originarios. Cuya identidad se encuentra amarrada profundamente a su territorio que se construye no por imposición de límites geopolíticos del Estado, sino por apropiación social del espacio entre agentes pertenecientes a una etnia similar y cuya frontera étnica se tensiona y cierra por juegos de poder (entre internos y externos) posibilitadores o no de su reproducción cultural simbólica y material. Cultura que entiende la existencia humana, basada en su cosmogonía, en correspondencia y respeto con la naturaleza y sus tiempos.
Esta conformación de su identidad territorializada, conlleva la aceptación institucionalizada de sus derechos colectivos, entre los cuales, se destaca el de libre determinación (particularizado en autogobierno) que sustentaría —en territorio y poder— la existencia de un Estado plurinacional. El cual, mediante su estructura jurídica, social, económica, etc. otorga los espacios necesarios para la convivencia y funcionamiento de las políticas de reconocimiento que, en una sociedad democrática, exigen —en la propia diferencia— la superación de lo universal y homogéneo mediante una disposición política programática que pueda integrar lo mejor de la justicia procedimental con lo mejor de la nueva política identitaria. Superando la neutralidad del liberalismo y posesionando una cierta ética de la autenticidad que prepondera el bien común por sobre los intereses individuales. Por esto, lo intercultural establece una concepción relacional de la identidad que le permite comprender casos de diversidad cultural en contextos distintos a las democracias liberales.
En este contexto, debe entenderse la aprobación constituyente de un Chile regional, plurinacional e intercultural que, sin embargo, requiere —en su futura y específica legislación— de respuestas capaces de prever tensiones inherentes a las competencias de las nuevas estructuras territoriales y administrativas que se pretenden. Cuestionamientos tales como: ¿las autonomías indígenas mantendrán el territorio impuesto por la República? ¿Cómo realizar una jurisdicción indígena en territorialidad de etnias híbridas (originarios y occidentales)? ¿La consulta previa es vinculante? ¿Los Recursos Naturales presentes en las comunidades indígenas son propiedad del Estado o de las comunidades?, etc.
En fin, la Ley Marco de Autonomías tendrá que establecer de manera clara las condiciones y procedimientos establecidos en la Nueva Constitución Política del Estado, con el fin de ejecutar efectivamente la identidad plurinacional.
María Fernanda Herrera A.
Núcleo de Formación General
Universidad Mayor