La nueva ley de aborto reconoce un derecho pero no lo garantiza
Columna publicada por El Mostrador el viernes 29 de septiembre de 2017.
Para Amartya Sen, premio nobel de economía, la posición social de una persona depende de la libertad que tenga esa persona y la igualdad corresponde a la distribución de libertades entre las personas. De esta manera los derechos reconocidos legalmente deben consagrar libertades e igualdades, frente a la cual surge una importante interrogante: ¿La nueva ley de aborto aprobada en Chile reconoce estas libertades y igualdades? La respuesta no es si. No es no. Es depende de la política sanitaria que respalde la implementación de la ley, ya que nueva ley de aborto reconoce un derecho pero no lo garantiza.
La ley de aborto otorga un derecho a la mujer para decidir sobre su embarazo en caso de peligro de vida de la madre, alteración estructural congénita del feto y violación de la mujer. Este derecho se otorga como una alternativa y no una obligación, lo que viene a resolver las diferencias ideológicas o supuestos morales de los dos grupos extremos que han estado en la portada de los medios de comunicación. Pero los ciudadanos comunes y corrientes no las elites no estamos 100 por ciento de acuerdo o en desacuerdo con la ley, sino que entendemos que de ser implementada, reconociendo una libertad con igualdad, podría llegar a resolver aquellos casos emblemáticos en los que se encuentran muchas mujeres.
Pero al igual que cualquier otro derecho consagrado en la Constitución y las leyes, este derecho no necesita más discusiones ideológicas o morales sino que requiere de una política que respalde su implementación y otorgue cumplimiento estatal. Una política sanitaria que apoye su ejecución con recursos humanos y financieros, normativas de menor rango y reglamentos, así como coordinación y apoyo institucional. Esta política debe resolver tres cosas: acciones concretas para que este derecho sea una libertad con igualdad, el presupuesto público para la ejecución de la ley, y las acciones de seguimiento y fiscalización del cumplimiento por parte de las isapres y prestadores de salud privados.
Sería interesante saber el presupuesto del Estado asignado para la ley para el año 2018, ya que se necesitaran nuevos recursos públicos. Por ejemplo para ofrecer cobertura digna en el sistema público y financiar el acompañamiento a toda mujer que solicita el apoyo biosicosocial consagrado en la ley. Es decir, resolver quién y cómo se va a financiar esta cobertura. ¿ Se van a contratar médicos especializados sin objeción de conciencia? ¿Se van a celebrar convenios de colaboración financiera con entidades sin fines de lucro para asegurar estas prestaciones a las mujeres? ¿Se incluirá en un futuro como una prestación AUGE o GES?
Sería interesante conocer qué van a hacer las isapres para otorgar estas prestaciones al 20% de las chilenas que están afiliadas a seguro de salud privado. ¿Ocurrirá lo mismo que con el término del embarazo como preexistencia? En la que claro, no te pueden negar cambiarte de isapre pero te castigan la cobertura reduciéndola de acuerdo al número de meses de embarazo ¿Ocurrirá lo mismo con los tratamientos de fertilidad? En los cuales la letra chica no permite realizarse la totalidad de un tratamiento in vitro para quienes no pueden pagar millonarios montos. De ser así el derecho al aborto no será un derecho sino que una opción valida para quiénes tienen más recursos y medios. Será un derecho reconocido pero no una garantía real.
Recordemos que para Amartya Sen libertad e igualdad están relacionados ya que la libertad se identifica con las opciones de vida y la igualdad con una distribución similar de estas opciones. Esperemos que el derecho de aborto sea una libertad femenina en situaciones igualitarias y para todas las mujeres sin diferenciación de edad, raza/etnia, nacionalidad y situación socioeconómica.