Implementar una cultura ética y evitar delitos: U. Mayor presentó los objetivos de la nueva Dirección de Cumplimiento
A cargo de la abogada María Jesús Droguett, esta unidad como parte de los compromisos que la institución ha asumido frente a una mayor regulación del sector educación superior, pero también como respuesta a un contexto en que los estándares de transparencia y probidad se han vuelto fundamentales para el desarrollo del proyecto educativo. Revisa la presentación en este video.
Este martes 16 de noviembre, la Universidad Mayor presentó oficialmente su nueva Dirección de Cumplimiento, una unidad dependiente de la Contraloría y que será dirigida por la abogada María Jesús Droguett, especialista en Cumplimiento, Gestión del Riesgo y Gobierno Corporativo.
Al encuentro, realizado a través de Zoom, asistieron autoridades académicas y administrativas, entre las que se contó el Prorrector Mario Herane, quien explicó el contexto que generó la creación de esta dirección: “El sistema universitario ha sido sometido a una mayor regulación en todo aspecto. En los últimos dos o tres años hemos visto mayor comunicación con los reguladores, reportando con más frecuencia el nivel de asistencia a los campus o el desarrollo de las actividades académicas”.
Y agregó que el nacimiento de esta nueva unidad tiene que ver con “ser capaces de velar por la correcta compresión de esta regulación, es estandarizar el comportamiento y la responsabilidad que tenemos como organización”.
En tanto, la encargada de profundizar sobre las funciones que tendrá esta dirección fue la directora, María Jesús Droguett, quien detalló que "la primera tarea será llevar adelante el Programa de Ética y Cumplimiento, además de implementar el Modelo de Prevención del Delito (MPD), que consiste una acción preventiva respecto a la comisión de delitos estipulados en la Ley 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas”.
En concreto, las funciones de la dirección se sustentan en dos pilares que fueron explicados por Droguett: “Impulsar y promover una cultura organizacional basada en principios y valores, con el compromiso de hacer lo correcto; y la elaboración y aprobación de un código de ética y un comité de ética y mecanismos de protección ante el avance de la legislación en materia de delitos económicos”.
A lo que se une también la creación de una “matriz de riesgo penal, canales de denuncia y acciones de difusión, capacitación y concienciación de quienes conforman la institución”.
Cultura organizacional y ética
Parte del organigrama de trabajo y funciones de la Dirección de Cumplimiento se sostiene en un nuevo “compromiso” de todos quienes forman parte del quehacer diario de la Universidad, donde el objetivo permanente, además de hacer las cosas bien, es obrar de manera ética.
Por lo mismo el Prorrector Herane hizo énfasis en que “esta es una unidad independiente, capaz de velar por la correcta compresión de la regulación, incorporando especialmente a la cultura organizacional todo el conocimiento sobre la normativa vigente”.
Y agregó: “Desde la Prorrectoría llevamos la operación académica universitaria y es donde ocurren muchas cosas, se toman millones de decisiones diarias, pero si no somos conscientes en cada una de nuestras unidades de las vulneraciones normativas a las que estamos expuestos, se nos puede escapar algo”.
En ese mismo sentido, la Directora de Cumplimiento destacó que dentro del programa se estipulan mecanismos vinculantes con la comunidad, como “un canal de denuncias internos para reportar, de forma responsable, situaciones que pueden desarrollarse como delitos o faltas éticas. Todo, de manera anónima”.
Cabe destacar que la creación de Direcciones de Cumplimiento en nuestro país es relativamente reciente y se remonta al año 2009, según comentó Droguett durante la jornada: “En dicho año, para entrar a la OCDE, a Chile se le hizo la recomendación de que debía contar con una ley que consagrara la Responsabilidad Penal de Personalidades Jurídicas, con lo cual se estableció la Ley Nº20.393, que obliga a implementar el Modelo de Prevención del Delito (MPD9)”.